31 de julio de 2003
Publicación de extracto solicitada por Dirección de Vialidad MOP
EXTRACTO
Por Resolución DV (E) 4234 de 09/06/03, se ordenó a Cristian Tapia Villarroel, Rut 9.528.007-2, y a todos quienes resulten responsables del cierre, desvío y enangostamiento del camino interior que nace en camino público F- 30-E, tramo Quintero - Concón y que se desarrolla en dirección oriente a poniente, y que atraviese el Bien Común Especial N° 1, y luego corre entre los sitios N°s 3, 2 y 1, las Parcelas N°s 8, 9, 10, 11, 12 y 13 por el Norte y los sitios N°s 10 y 12, Parcela N° 2, Bien común Especial N° 2, Parcelas N° 3 y 4 por el Sur, para luego proseguir atravesando las parcelas N° 5 y 14, resultante del Proceso de Reforma Agraria, desarrollado por la CORA, la reapertura, rectificación y ensanche del mismo, procediendo a restituir la faja vial en un ancho no menor al que le corresponde oficialmente. El Director Regional V Región notificará por escrito vía oficio, otorgando un plazo de 15 días corridos, después de recibida notificación para el despeje, rectificación y reapertura a uso público, en todo su largo y ancho. Si expirado el plazo, no se diere cumplimiento, se requerirá auxilio fuerza pública al Gobernador Provincial de Valparaíso, para que personal de la Oficina Provincial de Vialidad de Valparaíso ejecute lo ordenado, sin perjuicio, aplicación de otras medidas contenidas en DFL MOP 850/97.
Por Resolución DV (E) 4234 de 09/06/03, se ordenó a Cristian Tapia Villarroel, Rut 9.528.007-2, y a todos quienes resulten responsables del cierre, desvío y enangostamiento del camino interior que nace en camino público F- 30-E, tramo Quintero - Concón y que se desarrolla en dirección oriente a poniente, y que atraviese el Bien Común Especial N° 1, y luego corre entre los sitios N°s 3, 2 y 1, las Parcelas N°s 8, 9, 10, 11, 12 y 13 por el Norte y los sitios N°s 10 y 12, Parcela N° 2, Bien común Especial N° 2, Parcelas N° 3 y 4 por el Sur, para luego proseguir atravesando las parcelas N° 5 y 14, resultante del Proceso de Reforma Agraria, desarrollado por la CORA, la reapertura, rectificación y ensanche del mismo, procediendo a restituir la faja vial en un ancho no menor al que le corresponde oficialmente. El Director Regional V Región notificará por escrito vía oficio, otorgando un plazo de 15 días corridos, después de recibida notificación para el despeje, rectificación y reapertura a uso público, en todo su largo y ancho. Si expirado el plazo, no se diere cumplimiento, se requerirá auxilio fuerza pública al Gobernador Provincial de Valparaíso, para que personal de la Oficina Provincial de Vialidad de Valparaíso ejecute lo ordenado, sin perjuicio, aplicación de otras medidas contenidas en DFL MOP 850/97.