8 de octubre de 2003
Publicación de extracto solicitada por Dirección de Vialidad MOP
EXTRACTO
Por Resolución DV (E) 6710 de 09/09/03, se ordenó a don Gregorio Guzmán Briceño y a todos los otros que resulten responsables de la instalación de los portones ubicados en los Km. 0,050 y 5,850 del camino público, S/Rol, Código 65E017, "Variante El Guindo", Comuna de La Ligua, Provincia de Petorca, V Región, la reapertura y retiro de los mismos, procediendo a restituir la faja al libre tránsito sin amenaza de cierre o desvío del camino por acción de los ya indicados portones. El Director Regional V Región notificará por escrito vía oficio a todos quienes resulten responsables del cierre, desvío y angostamiento del camino interior antes individualizado, otorgándoles un plazo de 15 días corridos, luego de recibida la notificación, para que procedan al retiro y remoción de los portones. Si expirado el plazo antes mencionado no se hubiere dado cumplimiento a lo ordenado, se requerirá el auxilio de la Fuerza Pública al Gobernador Provincial de Quillota, para que personal de la Oficina Provincial de Vialidad de Petorca ejecute lo ordenado, sin perjuicio, de la aplicación de otras medidas contenidas en DFL MOP 850/97.
Por Resolución DV (E) 6710 de 09/09/03, se ordenó a don Gregorio Guzmán Briceño y a todos los otros que resulten responsables de la instalación de los portones ubicados en los Km. 0,050 y 5,850 del camino público, S/Rol, Código 65E017, "Variante El Guindo", Comuna de La Ligua, Provincia de Petorca, V Región, la reapertura y retiro de los mismos, procediendo a restituir la faja al libre tránsito sin amenaza de cierre o desvío del camino por acción de los ya indicados portones. El Director Regional V Región notificará por escrito vía oficio a todos quienes resulten responsables del cierre, desvío y angostamiento del camino interior antes individualizado, otorgándoles un plazo de 15 días corridos, luego de recibida la notificación, para que procedan al retiro y remoción de los portones. Si expirado el plazo antes mencionado no se hubiere dado cumplimiento a lo ordenado, se requerirá el auxilio de la Fuerza Pública al Gobernador Provincial de Quillota, para que personal de la Oficina Provincial de Vialidad de Petorca ejecute lo ordenado, sin perjuicio, de la aplicación de otras medidas contenidas en DFL MOP 850/97.