7 de enero de 2004
Publicación de extracto solicitada por Dirección de Vialidad MOP
EXTRACTO
Por Resolución DV (E) 9882 de 23/12/03, se ordenó a don Ladislado Francisco Larraín Costabal, C.I. N° 4..849.947-3, con domicilio en Parcela N° 8 La Laguna, Sector Lo Arcaya, Comuna de Pirque y a todos quienes resulten responsables del enangostamiento y cierre del camino interior que nace del Camino Público San Vicente de Macul, Rol G-411 y que da acceso a las Parcelas N°s 12 y 13 del Proyecto de Parcelación C.O.R.A. "La Laguna", Comuna de Pirque, Provincia Cordillera, Región Metropolitana, la reapertura, despeje y ensanche total de la vía señalada, procediendo a despejarlo de todo obstáculo y reabrirlo al uso público en toda su longitud y ancho de acuerdo al plano de parcelación CORA, según lo especificado en la presente Resolución. El Director Regional de Vialidad Metropolitana notificará mediante carta certificada al domicilio, ya señalado, de una copia de ésta Resolución, otorgándoles a lo responsables de dichos actos un plazo de 20 días corridos, luego de recibida la notificación, para que procedan al cumplimiento de lo ordenado. Si la presente resolución no fuere cumplida voluntariamente por parte del Sr. Larraín Costabal, o por parte de quien corresponda dentro del término ya referido, facultará a la Dirección de Vialidad Metropolitana para que, por intermedio del Gobernador Provincial de Cordillera, requiera el auxilio de la fuerza pública, a fin de proceder a dar cumplimiento a lo establecido en esta Resolución, mediante la realización de las labores necesarias para restituirlo al uso público, sin perjuicio, de la aplicación de otras medidas contenidas en el DFL MOP 850/97.
Por Resolución DV (E) 9882 de 23/12/03, se ordenó a don Ladislado Francisco Larraín Costabal, C.I. N° 4..849.947-3, con domicilio en Parcela N° 8 La Laguna, Sector Lo Arcaya, Comuna de Pirque y a todos quienes resulten responsables del enangostamiento y cierre del camino interior que nace del Camino Público San Vicente de Macul, Rol G-411 y que da acceso a las Parcelas N°s 12 y 13 del Proyecto de Parcelación C.O.R.A. "La Laguna", Comuna de Pirque, Provincia Cordillera, Región Metropolitana, la reapertura, despeje y ensanche total de la vía señalada, procediendo a despejarlo de todo obstáculo y reabrirlo al uso público en toda su longitud y ancho de acuerdo al plano de parcelación CORA, según lo especificado en la presente Resolución. El Director Regional de Vialidad Metropolitana notificará mediante carta certificada al domicilio, ya señalado, de una copia de ésta Resolución, otorgándoles a lo responsables de dichos actos un plazo de 20 días corridos, luego de recibida la notificación, para que procedan al cumplimiento de lo ordenado. Si la presente resolución no fuere cumplida voluntariamente por parte del Sr. Larraín Costabal, o por parte de quien corresponda dentro del término ya referido, facultará a la Dirección de Vialidad Metropolitana para que, por intermedio del Gobernador Provincial de Cordillera, requiera el auxilio de la fuerza pública, a fin de proceder a dar cumplimiento a lo establecido en esta Resolución, mediante la realización de las labores necesarias para restituirlo al uso público, sin perjuicio, de la aplicación de otras medidas contenidas en el DFL MOP 850/97.