BUIN,19 de Mayo de 2004.
DECRETO EX. N°___785__/ VISTO: El 41 N°3, 42 y demás pertinentes del Decreto Ley N°3.063 de 1979 sobre Rentas Municipales, y cuyo texto refundido y sistematizado fue fijado por Decreto Supremo N°2385 del Ministerio del Interior, publicado en el Diario Oficial con fecha 20 de noviembre de 1996, lo dispuesto en los artículos 5 letra d), 12 y 63 letra i) y j), 58 letra c), y 69 letra b) de la Ley N°18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades y sus modificaciones.
CONSIDERANDO: 1.- Que por Decreto Alcaldicio Ex. N° 171 de fecha 31 de Enero de 2001, el señor Alcalde delega en el Administrador Municipal, atribuciones y facultades Alcaldicias.
2.- El Memorándum N° 24 de fecha 19 de abril de 2004, de la Dirección de Aseo y Ornato, solicitando incorporar derechos nuevos, en la Ordenanza de Derechos Municipales.
3.- El Acuerdo N° 740 de Sesión Ordinaria N° 261 de fecha 26 de Abril de 2004, del Concejo Municipal de Buin.
4.- El Ordinario N° 516 de fecha 03 de Mayo de 2004, que solicita cumplimiento a Acuerdo N° 740 de Sesión Ordinaria N° 261 del Concejo Municipal de Buin.
DECRETO
1.- Créase un nuevo derecho de cobro en la Ordenanza de Derechos Municipales:Derechos Varios:
Art. 19 N° 11 "Carnet Identificatorio y placas de mascotas", 0,06 U.T.M.
Art. 19 N° 12 "Estadía y Bodegaje en Caniles Municipales" 0,04 U.T.M. por día.
ANÓTESE, PUBLIQUESE, COMUNIQUESE, TRANSCRIBASE, la Ordenanza Local Sobre Derechos Municipales por Concesiones, Permisos y Servicios, quedando una copia de ésta en Secretaría Municipal a disposición del público, hecho ARCHIVESE.
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