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LATIN AMERICAN NAUTILUS CHILE S.A. INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE VALORES N° 739 AVISO ARTÍCULO 29 DS 587 REGLAMENTO SOCIEDADES ANÓNIMAS EMISIÓN Y OPCIÓN PREFERENTE SUSCRIPCIÓN ACCIONES DE PAGO
| a)
| En Junta General Extraordinaria de Accionistas de Latin American Nautilus Chile S.A. (la "Sociedad"), celebrada con fecha 12 de Julio de 2005, cuya acta se redujo a escritura pública con esa misma fecha, en la 2ª Notaría de Santiago de don Enrique Morgan Torres, se acordó aumentar el capital de la Sociedad en la suma de $1.487.893.000, mediante la emisión de 850.224.571 acciones de pago, ordinarias, nominativas y sin valor nominal, facultándose al Directorio para realizar los trámites a objeto de materializar la emisión, colocación, suscripción y pago de las referidas acciones, ya sea en una o varias etapas, en o antes del 12 de Julio de 2008, fijando desde ya el precio mínimo de colocación en $1,75 por acción, todo ello con sujeción a los términos y condiciones establecidos en el acta de la citada Junta.
El extracto de la escritura antes mencionada, se inscribió a fojas 25.509, número 18.487, del Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 2005, y se publicó en el Diario Oficial N° 32.218 de fecha 23 de Julio de 2005.
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| b)
| El Directorio de la Sociedad, en su Sesión Extraordinaria de fecha 29 de Julio de 2005, emitió la totalidad de las 850.224.571 acciones de pago, de la misma y única serie existente, ordinarias, nominativas y sin valor nominal.
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| c)
| Estas acciones serán ofrecidas al precio de $1,75 por acción, y deberán ser pagadas en dinero en efectivo, y/o mediante la capitalización de todo o parte de los créditos que detenta el accionista Latin American Nautilus S.A. en contra de la Sociedad, todo ello en o antes del 12 de Julio de 2008.
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| d)
| Tendrán derechos a suscribir las acciones aquellos accionistas inscritos en el registro respectivo al día 26 de Julio de 2005, quienes podrán suscribir 75,300953412534917128833356065262 acciones nuevas por cada acción que posean.
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| e)
| Este aviso señala el inicio del período de opción preferente, el que se extenderá por un plazo de 30 días, vale decir hasta el 1 de Septiembre de 2005.
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| f)
| El aviso a que se refiere el artículo 104 del Reglamento de Sociedades Anónimas se publicó en el diario "El Mostrador" el día 1 de Agosto de 2005.
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