Sur Electricidad y Energía S.A., al Señor Director General solicita, un derecho de aprovechamiento no consuntivo de aguas superficiales y corrientes del Río Futaleufú, de ejercicio permanente y continuo, en subsidio, eventuales, por un caudal de 867 m3/s.
Las aguas se captarán en forma gravitacional, desde la ribera derecha del Río Futaleufú, en un punto ubicado en las siguientes coordenadas UTM, según carta "Puerto Ramírez", del Instituto Geográfico Militar, Datum Provisorio Sudamericano de 1956, escala 1:50.000, Huso 18: Norte: 5.187.500 m.; Este: 735.250 m.
Las aguas se restituirán en la ribera derecha del Río Futaleufú, en un punto ubicado en las siguientes coordenadas UTM, según carta "Puerto Ramírez", del Instituto Geográfico Militar, Datum Provisorio Sudamericano de 1956, escala 1:50.000, Huso 18: Norte: 5.183.550 m.; Este: 733.000 m.
La distancia, en línea recta, entre el punto de captación y el de restitución es de 4.546 metros aproximadamente, y el desnivel es de 25 metros aproximadamente.
Tanto el punto de captación, como el de restitución de las aguas cuyo derecho de aprovechamiento se solicita, se ubican en la Provincia de Palena, X Región.
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