A los Partícipes del Fondo Mutuo Bci Bric 40
En conformidad a lo señalado en el numeral 1.1 del Titulo IV del Reglamento Interno del Fondo Mutuo Bci Bric 40 se informa a los partícipes del citado fondo que el porcentaje exacto a aplicar para el cálculo de la rentabilidad adicional no garantizada será del 75% del índice S&P BRIC 40 Index en la forma contemplada en el respectivo Reglamento Interno.