AVISO QUE DA INICIO AL PERÍODO DE OPCIÓN PREFERENTE FINTUAL PREPAGO S.A.
AVISO QUE DA INICIO AL PERÍODO DE OPCIÓN PREFERENTE FINTUAL PREPAGO S.A.
a) En Junta Extraordinaria de Accionistas de FINTUAL PREPAGO S.A. (en adelante, la “Sociedad”) celebrada con fecha 2 de enero de 2025, ante don Luis Ignacio Manquehual Mery, Notario Público Titular de la Octava Notaría de Santiago, cuya acta se redujo a escritura pública con fecha 2 de enero de 2025 en la misma Notaría antes señalada, se acordó́ aumentar el capital de la Sociedad desde la suma de $1.775.894.268 dividido en 1.557.040 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie y sin valor nominal; a la suma de $2.476.694.268.- dividido en 2.141.040 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie y sin valor nominal; mediante la emisión de 584.000 acciones de pago, por la cantidad de $700.800.000, las que deberán suscribirse y pagarse dentro del plazo de tres años contados desde el 2 de enero de 2025. b) El extracto correspondiente fue inscrito a fojas 3.295, número 1.359, con fecha 10 de enero de 2025, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2025 y publicado en el Diario Oficial el día 15 de enero de 2025. c) Esta emisión se ofrece preferentemente a los accionistas de la Sociedad, quienes tendrán el derecho de suscribir dichas acciones a prorrata de las acciones que posean inscritas a su nombre a la medianoche del quinto día hábil anterior a la fecha de inicio del período de suscripción preferente, es decir, al 20 de enero de 2025. Las acciones serán ofrecidas al precio de $1.200 por acción, y deberán ser pagadas en dinero efectivo a través de transferencia electrónica de fondos. d) El inicio del período de opción preferente de suscripción se extenderá́ por un plazo de 30 días a contar de la fecha de inicio de la opción, es decir, entre el 27 de enero de 2025 al 26 de febrero de 2025. Los accionistas con derecho a suscribir las acciones o los cesionarios de las opciones deberán manifestar por escrito a la Sociedad su intención de suscribirlas, dentro del plazo de 30 días contados desde la fecha de inicio de la opción, según se ha indicado, entendiéndose que renuncian a este derecho si nada expresaren dentro de dicho plazo. f) El aviso que comunicó qué accionistas tienen derecho a suscribir preferentemente las acciones del aumento de capital se publicó en el diario “El Mostrador”, el día 20 de enero de 2025. g) El derecho preferente de suscripción es esencialmente renunciable y transferible dentro del plazo de 30 días antes señalado. La transferencia de las opciones deberá hacerse mediante escritura privada firmada por el cedente y el cesionario ante dos testigos mayores de edad o ante corredor de bolsa o ante notario público, o por escritura pública suscrita por el cedente y el cesionario. La cesión solo producirá́ efecto respecto de la Sociedad y de terceros una vez que ésta tome conocimiento de la misma, en vista del documento en el que consta la cesión y del respectivo certificado del derecho a la opción, en el caso que este último hubiera sido emitido y retirado de la Sociedad.
Gerente General FINTUAL PREPAGO S.A. |