28° Juzgado Civil de Santiago, Rol V-90-2022, por sentencia del 8-1-2024, rectificada el 20-02-2023, dictada por Jueza Titular Claudia Veloso Burgos, acoge solicitud y ordena al Conservador de Bienes Raíces de Santiago efectuar inscripción del testamento de causante, ELIANA DE LAS MERCEDES ÁLVAREZ ÁLVAREZ, de fecha 12-05-2015 Notaría Santiago Pedro Reveco Hormazabal, inscripción N°2838, Repertorio 7787-2015, y de los legados instituidos en cláusula cuarta, en favor de: MARTIN SEGUNDO OJEDA BAHAMONDES, C.I. Nro. 6.172.445-1, sepultura consistente en la fracción jardín G. Dos, sepultura 97, Parque del Sendero Maipú, adquirida por contrato 1060216 a Inmobiliaria Parques y Jardines S.A.; GEORGINA LUISA ALVAREZ PEREZ C.I. Nro. 10.070.004-2, sepultura consistente en fracción jardín tipo B Uno, del sector III número K-354, Parque del Sendero Maipú, adquirida por contrato 7124 a Inmobiliaria Parques y Jardines S.A: MARTIN OCTAVIO OJEDA ALVAREZ, C.I. Nro. 12.776.859-5, la nuda propiedad del inmueble inscrito fojas 41514, número 62569, Registro Propiedad año 2014, CBR Santiago, que corresponde a Calle Los Rosales 90, comuna Maipú; ANGELICA ALVAREZ PEREZ, C.I. Nro. 8.003.196-3, sobre inmueble de calle Los Rosales 90, comuna Maipú, el derecho real de usufructo de forma vitalicia; MARTIN OCTAVIO OJEDA ALVAREZ, el dominio de propiedad de inmueble calle Brasil 1157, local comercial 110, inscrito fojas 79088, número 54057, Registro Propiedad año 1989, CBR de Santiago, con condición que los frutos que de la propiedad devengan, por rentas del bien cuyos fines son comerciales, sean repartidos de manera vitalicia a ANGELICA ALVAREZ PEREZ el 30% y a MARTIN OCTAVIO OJEDA ALVAREZ el 70%. Secretario.
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