Extracto. En la presente causa RIT N° 1959-2023, RUC N° 2100808147-3, seguida ante el Juzgado de Garantía de Iquique, se ha impuesto a la empresa ELEC Chile Compañía Industrial de Productos Electrónicos Limitada, la pena accesoria de publicación de un extracto de la parte resolutiva de la sentencia dictada con fecha 12 de junio de 2023, en la cual se resolvió: I.- Que se condena a la persona jurídica ELEC Chile Compañía Industrial de Productos Electrónicos Limitada, R.U.T. N°79.658.640-0, representada legalmente por Marcos Antonio Contreras Terfer, a sufrir la pena de tres años de prohibición temporal de celebrar actos y contratos con los organismos del Estado, en su grado mínimo, como autora del delito consumado de soborno, previsto y sancionado en el artículo 250, incisos primero y cuarto, del Código Penal en relación al artículo 248 bis del mismo cuerpo normativo, por aplicación de los artículos 1 y 3 de la Ley N°20.393, en grado de consumado, perpetrado en esta jurisdicción entre los meses de julio a diciembre de 2018. II.-Que de conformidad lo dispuesto en el artículo 13 N°1 de la Ley N°20.393 se le impone a la empresa ELEC Chile Compañía Industrial de Productos Electrónicos Limitada, la pena accesoria de publicación de un extracto de la parte resolutiva de la presente sentencia en el Diario El Mostrador, a costa de la sentenciada. III. Se decreta el alzamiento de las medidas cautelares decretadas en esta causa, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 374 del Código Procesal Penal. IV.- Que no se condena en costas a la sentenciada por haber admitido conducirse conforme a las reglas del procedimiento abreviado, ahorrando los costos que implica un juicio al Estado. Dese cumplimiento oportunamente a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Una vez se encuentre firme y ejecutoriada la presente sentencia, comuníquese lo resuelto a la Dirección de Compras y Contratación Pública, a fin de ser incorporada en el registro respectivo.
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