COOP. DE SERVICIO DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO EL GRANIZO LTDA.: EXTRACTO SOLICITUD CAMBIO DE PUNTO ALTERNATIVO DE CAPTACIÓN DE DERECHOS DE APROVECHAMIENTO DE AGUAS SUBTERRÁNEAS, COMUNA DE OLMUÉ, PROV. DE MARGA MARGA
SOLICITUD CAMBIO DE PUNTO ALTERNATIVO DE CAPTACIÓN DE DERECHOS DE APROVECHAMIENTO DE AGUAS SUBTERRÁNEAS, COMUNA DE OLMUÉ, PROVINCIA DE MARGA MARGA COOPERATIVA DE SERVICIO DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO EL GRANIZO LTDA., RUT: 70.485.400-5, solicita cambio de un punto alternativo de captación de derecho aprovechamiento constitutivo aguas subterráneas, ejercicio permanente y continuo, caudal máximo instantáneo 15 litros por segundo y volumen anual extraer 473.040 metros cúbicos, para que sean captados alternativamente tanto desde el pozo de origen como desde un nuevo pozo de destino, de manera conjunta y/o separada, con parcialidades simultaneas y/o de alternancia y con la limitación de extracción de un caudal instantáneo máximo y volumen anual de metros cúbicos indicados, desde las siguientes captaciones: 1.- Pozo Punta Arenas N° 2, correspondiente, al punto de captación de origen, el cual se encuentra en el acuífero del Rio Aconcagua, sector de Limache, correspondiente a una propiedad de la Cooperativa El Granizo, que se encuentra inscrito a fojas 217 bis N° 365 bis, del Registro de Propiedad del Conservadora de Bienes de Raíces de Limache, específicamente en las coordenadas UTM (metros) Norte: 6.345.790,0 y Este 295.217,0, Huso 19H, Datum WGS 1984, en la comuna de Olmué, provincia de Marga Marga, Región de Valparaíso. 2.- Pozo TEM 4, ubicado sobre el cauce del estero Pelumpen, comuna de Olmué, el cual corresponde a un bien nacional de uso público, específicamente en las coordenadas UTM (metros) Norte: 6.344.475,00 y Este 297.307,00, Huso 19, Datum WGS 1984, en la comuna Olmué, provincia de Marga Marga, Región de Valparaíso. Dicho derecho de aprovechamiento de aguas se extraerá por elevación mecánica, de manera conjunta y/o separada y con parcialidades simultáneas y/o alternancia, su uso será consuntivo y su ejercicio permanente y continuo. Se solicita radio protección de 200 metros con centro en los ejes de los pozos, respecto de los nuevos puntos de captación alternativos recién individualizados.
|