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NOTIFICACION
Juez Árbitro Pilar Sáez. En compromiso caratulado “Unidad Leasing Habitacional con Vargas Palomo”, se ordenó notificar por aviso a Esteban Alejandro Vargas Palomo lo siguiente: A lo principal: téngase presente por contestada la demanda en rebeldía de la parte demandada. Primer Otrosí: Se recibe la causa a prueba por el término legal establecido para los juicios sumarios del Código de Procedimiento Civil y se fijan los siguientes hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos: 1.- Existencia del contrato de arrendamiento con promesa de compraventa o leasing habitacional, celebrado entre las partes.2.- Efectividad de que la parte demandada se encuentra en mora por el no pago de los aportes establecidos en el contrato de leasing habitacional.3.- Monto de los aportes adeudados, intereses moratorios y multas. Segundo Otrosí: Notifíquese la presente resolución mediante la publicación de tres aviso en el Diario El Mostrador, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 54del Código de Procedimiento Civil.
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