EXTRACTO
Comunidad Indígena Atacameña Taira debidamente representada por su presidenta doña Sandra Guadalupe Yañez Huanuco solicita regularizar conforme al art. 2º transitorio del Código de Aguas un derecho de aprovechamiento de aguas consuntivo, de ejercicio permanente y continuo sobre aguas superficiales y corrientes del Río Loa, Comuna de Calama, Provincia El Loa, Región de Antofagasta, por un caudal de 150 litros por segundo que es captado gravitacionalmente desde la bocatoma del denominado Canal “Grande de Taira” cuyo punto de captación esta definido en coordenadas UTM (mts.) NORTE: 7580459 y UTM (mts.) ESTE: 541881, DATUM WGS 1984, Huso 19. La Comunidad fundamenta su solicitud en que usa y ha usado, en forma colectiva, ininterrumpidamente, desde tiempos inmemoriales, libre de violencia o clandestinidad y sin reconocer dominio ajeno, el referido derecho de aprovechamiento de aguas para consumo humano, de ganado y riego.
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