
Fondo de Inversión Larraín Vial Magallanes II: Emisión de Cuotas
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Fondo de Inversión LARRAÍN VIAL – MAGALLANES II
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a) |
En Sesión Extraordinaria de Directorio de Larraín Vial Administradora General de Fondos S.A. celebrada con fecha 16 de Enero de 2007 se acordó emitir 10.000.000 de cuotas nominativas, unitarias y de igual valor y características de Fondo de Inversión Larraín Vial - Magallanes II. Posteriormente, en Asamblea Extraordinaria de Aportantes celebrada con fecha 4 de Marzo de 2008, en consideración al cambio de contabilidad del Fondo acordado en dicha Asamblea, se acordó modificar la emisión de cuotas indicada a fin de que ésta quede expresada en dólares de los Estados Unidos de Norteamérica. |
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b) |
La Superintendencia de Valores y Seguros, con fecha 17 de Mayo de 2007, inscribió en el Registro de Valores con el Nº194 la emisión de 10.000.000 de cuotas nominativas, unitarias y de igual valor y características, por un monto equivalente a 10.000.000 de Unidades de Fomento. Dicha inscripción se modificó con fecha 13 de Junio de 2008 a fin de expresarla en dólares de los Estados Unidos de Norteamérica. El plazo para la emisión, suscripción y pago de estas cuotas es de tres años contado desde el día 16 de enero de 2007. |
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c) |
Los fondos que se obtengan con esta emisión de cuotas se destinarán a ser invertidos conforme a la política de inversión de los recursos del fondo señalada en su reglamento interno. |
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d) |
Esta emisión se ofrece preferentemente a los aportantes del fondo, quienes tendrán el derecho de suscribir 19,6844582162 cuotas nuevas por cada cuota que posean inscrita en el Registro de Aportantes al día 22 de Diciembre de 2009. Estas cuotas serán ofrecidas al valor que resulte de dividir el valor diario del patrimonio del Fondo al día inmediatamente anterior al de la suscripción, calculado en la forma que establece la Ley N° 18.815 y su Reglamento, por el número de cuotas pagadas a esa fecha, y deberán ser pagadas al contado, en dinero efectivo, vale vista bancario o cheque. |
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e) |
El aviso de opción preferente para suscribir estas cuotas, con el cual se inicia el período de opción, se publicará en el diario El Mostrador el día 29 de Diciembre de 2009. |
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f) |
Los aportantes con derecho a suscribir las cuotas o los cesionarios de las opciones, deberán manifestar por escrito a la sociedad administradora su intención de suscribirlas, dentro del plazo de 30 días contado desde el inicio de la opción, vale decir, entre el 29 de Diciembre de 2009 y el 27 de Enero de 2010, entendiéndose que renuncian a este derecho si nada expresan dentro de dicho plazo. |
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g) |
El derecho preferente de suscripción es esencialmente renunciable y transferible dentro del plazo de 30 días señalado en la letra e) anterior. La transferencia de las opciones debe hacerse mediante escritura privada firmada por el cedente y el cesionario ante dos testigos mayores de edad o ante corredor de bolsa o ante notario público, o por escritura pública suscrita por el cedente y el cesionario. La cesión sólo producirá efecto respecto de la sociedad administradora y de terceros una vez que ésta tome conocimiento de la misma, en vista del documento en el que consta la cesión y del respectivo certificado de derecho a la opción, en el caso que este último hubiera sido emitido y retirado de la sociedad. |
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h) |
Estas cuotas han sido clasificadas en Primera Clase Nivel 4 por las clasificadoras de riesgo ICR Clasificadora de Riesgo Limitada y Feller Rate Clasificadora de Riesgo Limitada. |
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