
Fondo de Inversión Larraín Vial Brazil Small Cap : Emisión de Cuotas
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Fondo de Inversión LARRAÍN VIAL – BRAZIL SMALL CAP
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a) |
En Sesión Extraordinaria de Directorio de Larraín Vial Administradora General de Fondos S.A. celebrada con fecha 12 de Abril de 2006, complementada por Sesión de Directorio de fecha 29 de Agosto de 2007, se acordó el aumento de capital del fondo en la suma de 250.000.000 de dólares de los Estados Unidos de Norteamérica, mediante la emisión de 250.000.000 de cuotas, nominativas, unitarias de igual valor y características. |
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b) |
La Superintendencia de Valores y Seguros, con fecha 26 de Enero de 2007, inscribió en el Registro de Valores con el Nº 189, la emisión de 250.000.000 de cuotas. El plazo para la emisión, suscripción y pago de estas cuotas es de seis años contado desde el día 12 de Abril de 2006. |
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c) |
Los fondos que se obtengan con esta emisión de cuotas se destinarán a ser invertidos conforme a la política de inversión de los recursos del fondo señalada en su reglamento interno. |
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d) |
Esta emisión se ofrece preferentemente a los aportantes del fondo, quienes tendrán el derecho de suscribir 0,5353264477 cuotas nuevas por cada cuota que posean inscrita en el Registro de Aportantes al día 17 de Diciembre de 2009. Estas cuotas serán ofrecidas al valor que resulte de dividir el valor diario del patrimonio del Fondo al día inmediatamente anterior al de la suscripción, calculado en la forma que establece la Ley N° 18.815 y su Reglamento, por el número de cuotas pagadas a esa fecha, y deberán ser pagadas al contado, en dinero efectivo, vale vista bancario o cheque. |
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e) |
El aviso de opción preferente para suscribir estas cuotas, con el cual se inicia el período de opción, se publicará en el diario El Mostrador el día 23 de Diciembre de 2009. |
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f) |
Los aportantes con derecho a suscribir las cuotas o los cesionarios de las opciones, deberán manifestar por escrito a la sociedad administradora su intención de suscribirlas, dentro del plazo de 30 días contado desde el inicio de la opción, vale decir, entre el 23 de Diciembre de 2009 y el 21 de Enero de 2010, entendiéndose que renuncian a este derecho si nada expresan dentro de dicho plazo. |
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g) |
El derecho preferente de suscripción es esencialmente renunciable y transferible dentro del plazo de 30 días señalado en la letra e) anterior. La transferencia de las opciones debe hacerse mediante escritura privada firmada por el cedente y el cesionario ante dos testigos mayores de edad o ante corredor de bolsa o ante notario público, o por escritura pública suscrita por el cedente y el cesionario. La cesión sólo producirá efecto respecto de la sociedad administradora y de terceros una vez que ésta tome conocimiento de la misma, en vista del documento en el que consta la cesión y del respectivo certificado de derecho a la opción, en el caso que este último hubiera sido emitido y retirado de la sociedad. |
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h) |
Estas cuotas han sido clasificadas en 1ª Clase Nivel 4 y 1ª Clase Nivel 4 por las clasificadoras de riesgo ICR Clasificadora de Riesgo Limitada y Feller Rate Clasificadora de Riesgo Limitada. |
EL GERENTE GENERAL