LARRAIN VIAL ADMINISTRADORA
GENERAL DE FONDOS S.A.
La Superintendencia de Valores y Seguros, con fecha 16 de Febrero de 2009, mediante Resolución Exenta N°085, aprobó las modificaciones introducidas por esta administradora al reglamento interno y al contrato de suscripción de cuotas del fondo mutuo denominado Fondo Mutuo Larraín Vial Perú, consistentes, entre otras, en las siguientes:
(a) Se modifica el tipo de fondo pasando a ser un Fondo Mutuo de Libre Inversión Extranjero - Derivados; (b) Se modifica el tipo de inversionista al cual está dirigido el fondo mutuo; (c) Respecto de la política de inversión en instrumentos derivados y realización de otras operaciones autorizadas, se elimina la inversión en títulos representativos de productos agropecuarios adquiridos con promesa de venta; (d) En el ítem "Diversificación de las inversiones respecto del activo total del fondo", se modifican los límites de inversión máximos de los instrumentos de deuda de emisores extranjeros; (e) Respecto de la "Diversificación de las inversiones por emisor y grupo empresarial", se adecuan los límites de inversión máxima de acuerdo al tipo de fondo; (f) Se crea la Serie B; (g) Se establece nueva estructura de comisión de colocación diferida al momento de rescate según plazo de permanencia para las Series A y C; y (h) Se modifican las características de las Serie A y C.
Las modificaciones señaladas en las letras (a), (b), (c), (d), (e) y (g) anteriores, comenzarán a regir luego de 15 días contados a partir de esta fecha.
Durante el período de 15 días señalado, los partícipes tendrán derecho a rescatar las cuotas que hubieren suscrito antes de la fecha de la presente publicación, sin que les sea aplicable deducción alguna por concepto de comisión de colocación diferida al momento del rescate.
GERENTE GENERAL
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