BUIN, 30 de Diciembre de 2003 DECRETO EX. N°_1725_/ VISTO: Las facultades que me otorgan los Arts. 5, 12 y 63 letra i) de la Ley N°18.695 de 1988, Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades y sus modificaciones.
CONSIDERANDO: 1.- El Decreto Ex. N° 239 de fecha 05 de Julio de 1990, que aprueba la Ordenanza de Aseo, Ornato y Mantención de Canales, Obras de Regadio y Desagües en la Comuna de Buin.
2.- El Acuerdo N° 665 del Concejo Municipal de Buin, de Sesión Ordinaria N° 234 de fecha 29 de Diciembre de 2003.-
3.- El Memorándum N° 365 de fecha 19 de Diciembre de 2003, de la Dirección de Aseo y Ornato, que solicita modificar Ordenanza de Aseo y Ornato.
DECRETO
1.- Modifíquese el Decreto Alcaldicio Ex. N° 239 de fecha 05 de julio de 1990, que aprueba la ORDENANZA DE ASEO, ORNATO Y MANTENCIÓN DE CANALES, OBRAS DE REGADIO Y DESAGíœES EN LA COMUNA DE BUIN, en el punto N° 2
Que dice:"Las infracciones por incumplimiento a las normas de la presente Ordenanza serán sancionadas por el Juzgado de Policía Local con multas de 1 a 5 Unidades Tributarias Mensuales".
Debe decir: " Las infracciones a la presente ordenanza serán sancionadas con multas que irán desde 0.2 UTM hasta 10 UTM, correspondiendo su conocimiento al Juzgado de Policía Local, previa denuncia de particulares afectados, de Carabineros o inspectores municipales, sin perjuicio de las sanciones establecidas en el Código Sanitario.
2.- En lo no modificado rige plenamente el Decreto anterior.
ANÓTESE, PUBLIQUESE, COMUNIQUESE, TRANSCRIBASE, la Ordenanza de Aseo, Ornato y Mantención de Canales, Obras de Regadio y Desagües en la Comuna de Buin., quedando una copia de ésta en Secretaría Municipal a disposición del público, hecho ARCHIVESE.
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