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PRINCIPAL ADMINISTRADORA GENERAL DE FONDOS S.A.
EMISIÓN DE ACCIONES DE PAGO
a) En junta extraordinaria de accionistas de la sociedad, celebrada el 15 de marzo de 2006, reducida a escritura pública con fecha 22 de marzo de 2006, en la notaría de Santiago de René Benavente Cash, se acordó aumentar el capital de la sociedad en la suma de $1.000.000.000.-, mediante la emisión de una sola vez o por parcialidades de 26.881.890 acciones de pago de una misma serie y sin valor nominal, a un valor de 37,19976535 pesos por acción.
Por Resolución Exenta N° 155 de fecha 2 de mayo de 2006, la Superintendencia de Valores y Seguros aprobó el aumento señalado. El extracto de la escritura antes mencionada, se inscribió a fojas 17485 N° 12036 del Registro de Comercio de Santiago, del año 2006, y se publicó en el Diario Oficial N° 38.459 de fecha 10 de mayo de 2006.
De acuerdo a lo anterior, por sesión de directorio de fecha 20 de diciembre de 2006, se acordó emitir 6.720.472 acciones de una misma serie y sin valor nominal a un valor de 37,19976535 pesos cada una.
b) Esta emisión se ofrece preferentemente a los accionistas de la sociedad, quienes tendrán el derecho de suscribir 0,1667178 acciones nuevas por cada acción que posean inscrita en el Registro de Accionistas con 5 días hábiles de anticipación al día 26 de enero. Estas acciones serán ofrecidas al precio de $37,19976535 pesos por acción, y deberán ser pagadas al contado y en dinero efectivo, al momento de suscripción.
El aviso de opción preferente para suscribir estas acciones, con el cual se inicia el período de opción, se publicará en el diario El Mostrador, el día 26 de enero de 2007.
c) Los accionistas con derecho a suscribir las acciones o los cesionarios de las opciones, deberán manifestar por escrito a la sociedad emisora su intención de suscribirlas, dentro del plazo de 30 días contados desde la fecha de inicio de la opción, vale decir entre el 26 de enero y el 26 de febrero de 2007, entendiéndose que renuncian a este derecho si nada expresaren dentro de dicho plazo.
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