Sur Electricidad y Energía S.A., al Señor Director General solicita, le otorgue, un derecho de aprovechamiento no consuntivo de aguas superficiales y corrientes del Río Cajón Bravo, de ejercicio permanente y continuo, en subsidio, eventuales, por un caudal de 71 m3/s.
Las aguas se captarán en forma gravitacional, desde la ribera izquierda del Río Cajón Bravo, en un punto ubicado en las siguientes coordenadas UTM, según carta "Volcán Hudson", del Instituto Geográfico Militar, Datum Sudamericano de 1969, escala 1:50.000, Huso 18: Norte: 4.924.200 m.; Este: 680.400 m.
Las aguas se restituirán en la ribera izquierda del Río Blanco, en un punto ubicado en las siguientes coordenadas UTM, según carta "Lago Caro", del Instituto Geográfico Militar, Datum Sudamericano de 1969, escala 1:50.000, Huso 18: Norte: 4.927.350 m.; Este: 685.200 m.
La distancia, en línea recta, entre el punto de captación y el de restitución es de 5.741 metros aproximadamente, y el desnivel es de 47 metros aproximadamente.
Tanto el punto de captación, como el de restitución de las aguas cuyo derecho de aprovechamiento se solicita, se ubican en la Provincia de Coyhaique, XI Región.
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