Sur Electricidad y Energía S.A., al Señor Director General solicita, un derecho de aprovechamiento no consuntivo de aguas superficiales y corrientes del Río Futaleufú, de ejercicio permanente y continuo, en subsidio, eventuales, por un caudal de 161 m3/s.
Las aguas se captarán en forma gravitacional, desde la ribera izquierda del Río Futaleufú, en un punto ubicado en las siguientes coordenadas UTM, según carta "Puerto Ramírez", del Instituto Geográfico Militar, Datum Provisorio Sudamericano de 1956, escala 1:50.000, Huso 18: Norte: 5.192.400 m.; Este: 736.275 m.
Las aguas se restituirán en la ribera izquierda del Río Futaleufú, en un punto ubicado en las siguientes coordenadas UTM, según carta "Puerto Ramírez", del Instituto Geográfico Militar, Datum Provisorio Sudamericano de 1956, escala 1:50.000, Huso 18: Norte: 5.187.500 m.; Este: 735.250 m.
La distancia, en línea recta, entre el punto de captación y el de restitución es de 5.006 metros aproximadamente, y el desnivel es de 50 metros aproximadamente.
Tanto el punto de captación, como el de restitución de las aguas cuyo derecho de aprovechamiento se solicita, se ubican en la Provincia de Palena, X Región.
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