EXPLORACIONES, INVERSIONES Y ASESORIAS HUTURI S.A., al Señor Director General, solicita, le otorgue, un derecho de aprovechamiento no consuntivo de aguas superficiales y corrientes del Arroyo Ventisquero, de ejercicio permanente y continuo, en subsidio, eventuales, por un caudal de 12 m3/s.
Las aguas se captarán en forma gravitacional, desde la ribera derecha del Arroyo Ventisquero, en un punto ubicado en las siguientes coordenadas UTM, según carta "Arroyo Ventisquero", del Instituto Geográfico Militar, Datum Provisorio Sudamericano de 1956, escala 1:50.000, Huso 18: Norte: 5.342.300 m.; Este: 728.200 m.
Las aguas se restituirán en la ribera derecha del Arroyo Ventisquero, en un punto ubicado en las siguientes coordenadas UTM, según carta "Arroyo Ventisquero", del Instituto Geográfico Militar, Datum Provisorio Sudamericano de 1956, escala 1:50.000, Huso 18: Norte: 5.341.900 m.; Este: 737.000 m.
La distancia, en línea recta, entre el punto de captación y el de restitución es de 8.809 metros aproximadamente, y el desnivel es de 135 metros aproximadamente.
Tanto el punto de captación, como el de restitución de las aguas cuyo derecho de aprovechamiento se solicita, se ubican en la Provincia de Llanquihue, Décima Región.
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