LARRAIN VIAL ADMINISTRADORA
GENERAL DE FONDOS S.A.
La Superintendencia de Valores y Seguros, con fecha 17 de diciembre de 2007, mediante Resolución Exenta N°629, aprobó las modificaciones introducidas por esta administradora al reglamento interno y al contrato de suscripción de cuotas del fondo mutuo denominado Fondo Mutuo Larraín Vial BRIC, consistentes, entre otras, en las siguientes:
(a) Incorporación de monedas extranjeras en las cuales se realizarán las inversiones y mantendrá disponible el fondo; (b) La remuneración de la Serie APV (Serie B) se adecua a las disposiciones de la ley 20.190 estableciéndose la exención de IVA; (c) Se incorpora la expresión "hasta" en la remuneración variable; (d) Se agregan gastos de operación que serán de cargo del fondo; (e) La modificación de la metodología para el cálculo de la remuneración variable; y (f) Se incorpora un nuevo texto tipo para la "Contratación de servicios externos".
Las modificaciones señaladas en las letras (a), (d) y (f) anteriores, comenzarán a regir luego de 15 días contados a partir de la fecha de la presente publicación.
Durante el período de 15 días señalado, los participes tendrán derecho a rescatar las cuotas que hubieren suscrito antes de la fecha de la presente publicación, sin que les sea aplicable deducción alguna por concepto de comisión de colocación diferida al momento del rescate.