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CONSORCIO S.A. ADMINISTRADORA GENERAL DE FONDOS
En virtud de las disposiciones contenidas en los artículos 6° y 8° del D.S. N°249, Circular N°1.740 del 2005, y de acuerdo a lo instruido en la Resolución Exenta N°482 del 07.11.2007, cumplimos con informar al público en general, que la Superintendencia de Valores y Seguros resolvió aprobar las modificaciones efectuadas por Consorcio S.A. Administradora General de Fondos a los reglamentos internos y contratos de suscripción de cuotas de los fondos mutuos denominados Fondo Mutuo Multi Protección Dólar, Fondo Mutuo Multi Balanceado Dólar, y Fondo Mutuo Multi Crecimiento Dólar y que dicen relación con lo siguiente:
(i) Se introducen modificaciones a la política de diversificación de las inversiones en lo relativo a la incorporación de otros instrumentos objeto de inversión; (ii) Se modifica la política de inversión en instrumentos derivados, incorporándose nuevos activos objeto y adecuándola a la Norma de Carácter General N°204. (iii) Se incorporan nuevos conceptos de gastos atribuibles a estos fondos. (iv) Se modifican las características de las series B, D e I, modificando el requisito de ingreso para las series B y D por un monto mínimo de aporte de M$500.000 y para la serie I por un monto mínimo de M$5.000.000.
Las modificaciones señaladas en los numerales (i), (ii), (iii) y (iv) anteriores, entrarán en vigencia luego de 15 días contados a partir de la fecha de la presente publicación, es decir, el día 01 de Marzo de 2008.
Se hace presente, que durante el período de 15 días transcurridos entre la publicación y la entrada en vigencia de las modificaciones, los partícipes tendrán derecho a rescatar las cuotas que hubieren suscrito antes de la fecha de la presente publicación, sin que les sea aplicable deducción alguna por concepto de comisión de colocación diferida al rescate, si la hubiere.
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