SOLICITUD DE PUNTO ALTERNATIVO DE CAPTACIÓN DEL EJERCICIO DE DERECHO DE APROVECHAMIENTO DE AGUAS
El COMITÉ DE AGUA POTABLE RURAL SAMO ALTO, R.U.T. 73.244.200-6 solicita se autorice un punto alternativo de captación del derecho de aprovechamiento de aguas subterráneas, de uso consuntivo, ejercicio permanente y continuo, en la comuna de Río Hurtado, Provincia del Limarí, Región de Coquimbo, constituido originariamente por medio de la Resolución DGA Nº 900, de fecha 19 de agosto del año 2009, por un caudal de 6 litros por segundo, correspondiente a un volumen anual de 141.912 m³/año, que se captan desde un pozo ubicado en las coordenadas UTM (metros) Norte 6.634.345 metros y Este 313.860, Carta IGM, escala 1/50.000, Datum 1956, Huso 19, inscrito a fojas 145 vuelta N° 210 del Registro de Propiedad de Aguas del Conservador de Bienes Raíces de Ovalle, correspondiente al año 2010. La extracción del agua se realizará por elevación mecánica desde un pozo ubicado en las coordenadas UTM (metros) Norte 6.633.964 metros y Este 313.692 metros, referidas a la carta IGM escala 1:50.000, Datum WGS 84, ubicado en la Cuenca Rio Hurtado, Comuna de Rio Hurtado, Provincia del Limarí, Región de Coquimbo, por un caudal máximo 3 litros por segundo, correspondiente a un volumen anual de 94.608 m³/año, el que operará en forma alternativa al punto de captación original del derecho de aprovechamiento en comento. La distancia medida en línea recta entre el nuevo punto alternativo de captación y el punto original del derecho invocado, es de 50 metros aproximadamente. Solicita además un radio de protección de 200 metros desde el punto alternativo con centro en el eje del pozo. El objeto de esta solicitud es abastecer de agua potable a la localidad de Samo Alto, de la comuna de Río Hurtado.
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