AVISO INFORMA A QUE ACCIONISTAS LES CORRESPONDE EL DERECHO A OPCIÓN PREFERENTE DE SUSCRIPCIÓN DE ACCIONES DE PAGO CUMPLO CHILE S.A.
a) En Junta Extraordinaria de Accionistas de Cumplo Chile S.A. (la “Sociedad”) celebrada con fecha 12 de marzo de 2020, se acordó aumentar el capital de la Sociedad, en la suma de $5.341.742.000, mediante la emisión de 381.553 nuevas acciones de pago, ordinarias, nominativas, sin valor nominal, encontrándose reservadas un máximo del 10% de ellas para planes de compensación para trabajadores de la Sociedad (el “Aumento de Capital”).
b) En la mencionada junta de accionistas, se facultó al Directorio de la Sociedad para que, actuando con amplios poderes, proceda a realizar todas las solemnidades necesarias para la suscripción y pago del Aumento de Capital.
c) Los señores accionistas titulares de acciones tendrán el derecho de suscribir 0,1426 acciones por cada acción de que posean inscrita en el Registro de Accionistas al 26 de marzo de 2020. Estas acciones serán ofrecidas al precio mínimo de $14.000 por acción.
d) En la mencionada junta se autorizó al directorio para acordar un precio distinto a las acciones para cumplir con los acuerdos de notas convertibles y acuerdos con otros terceros y empleados.
e) Los accionistas con derecho a suscribir las acciones o los cesionarios de las opciones, deberán hacerlo dentro del plazo de 30 días contados desde la fecha de inicio de la opción, es decir, entre el día 1 de abril de 2020 y el 1 de mayo de 2020, entendiéndose que renuncian a este derecho si nada expresan dentro de dicho plazo.
f) El aviso de opción preferente para suscribir estas acciones con el cual se inicia el período de opción se publicará en el diario electrónico El Mostrador el día 1 de abril de 2020.
g) El derecho preferente de suscripción es esencialmente renunciable y transferible dentro del plazo de 30 días señalado precedentemente. La transferencia de las opciones debe hacerse mediante escritura privada firmada por el cedente y el cesionario ante dos testigos mayores de edad o ante corredor de bolsa o ante Notario Público, o por escritura pública suscrita por el cedente y el cesionario. La cesión sólo producirá efecto respecto de la Sociedad y de terceros una vez que ésta tome conocimiento de la misma, en vista del documento en el que consta la cesión y del respectivo certificado de derecho a la opción, en el caso que este último hubiera sido emitido y retirado de la Sociedad.
h) La Sociedad pondrá a disposición de los accionistas o cesionarios que lo soliciten, certificados en que consten los derechos preferentes de suscripción que posean. Estos serán emitidos el día 26 de marzo de 2020 y podrán ser retirados a partir de esa misma fecha, de Lunes a Viernes, en Av. Apoquindo N° 5400 oficina 202, comuna de Las Condes, Santiago, entre las 9:00 y las 18:00 horas. Cualquier otro antecedente respecto al procedimiento de transferencia del derecho puede ser consultado directamente a la Sociedad.
i) Las acciones que no fueren suscritas por los accionistas o sus cesionarios con derecho a ellas, y las acciones que tengan su origen en fracciones producidas en el prorrateo entre los accionistas, podrán ser ofrecidas libremente entre los propios accionistas y terceros, todo de acuerdo a los términos que el directorio acuerde con sujeción a las normas legales y reglamentarias aplicables.
EL DIRECTORIO |