Revocación de poderes.
Para efectos previstos artículo 2173 Código Civil, se comunica que por escritura pública de 10.03.2017 , otorgada Notaria Gervasio Viña del Mar, Ana María Letelier Peres revocó poderes que, se dice, habría otorgado en escrituras de 24 y 30 noviembre 2016, en Notaría Santiago de R. Undurraga Repertorios 6810, 6811, 6812 y 6957, respectivamente, a portador copia autorizada de las mismas, para requerir práctica inscripciones conservatorias de contratos contenidos en tales escrituras.
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