TRASLADO DEL EJERCICIO DE DERECHO DE APROVECHAMIENTO NO CONSUNTIVO
SEÑOR DIRECTOR REGIONAL DE AGUAS
MARÍA LUISA DE LA CERDA GANDARILLAS, JULIO PEREIRA GANDARILLAS y ROBERTO LECAROS VILLARROEL, todos en representación de “AGUAS CORTADERAL LIMITADA.”, RUT 76.528.929-7, domiciliados en Enrique Foster Sur, Nº 39, piso 8, comuna Las Condes, Santiago, solicitan se sirva autorizar el traslado de punto de captación y restitución original de derecho de aprovechamiento de aguas, conforme a lo siguiente: (a) Aguas Cortaderal Limitada es titular de derechos de aprovechamiento no consuntivos y discontinuos, de aguas superficiales y corrientes del estero Los Cipreses, Provincia de Cachapoal, Región del Libertador General Bernardo O’Higgins. El caudal máximo a extraer en metros cúbicos por segundo y ejercicio de los referidos derechos de aprovechamiento se indica a continuación: ENERO. Permanente, 0. Eventual, 0,67. FEBRERO. Permanente, 0. Eventual, 0. MARZO. Permanente, 0. Eventual, 0. ABRIL. Permanente, 0. Eventual, 0. MAYO. Permanente, 0. Eventual, 0,12. JUNIO. Permanente, 0,11. Eventual, 0. JULIO. Permanente, 0,21. Eventual, 0,19. AGOSTO. Permanente, 0,11. Eventual, 0,18. SEPTIEMBRE. Permanente, 0,11. Eventual, 0. OCTUBRE. Permanente, 0,09. Eventual, 0,18. NOVIEMBRE. Permanente, 0,37. Eventual, 0,40. DICIEMBRE. Permanente, 0,02. Eventual, 2,16. El punto de captación gravitacional se ubica en las coordenadas U.T.M. Norte: 6.187.700 metros y Este: 379.250 metros. El punto de restitución se sitúa en las coordenadas U.T.M. Norte: 6.188.500 metros y Este: 380.550 metros, escala 1:50.000, Datum 1956. La distancia entre el punto de captación y el de restitución es de 1.800 metros y el desnivel es de 330 metros. La inscripción de dominio rola a fojas 87 vta., número 131, del Registro de Propiedad de Aguas del Conservador de Bienes Raíces de Rancagua, correspondiente al año 2016; (b) En conformidad con lo prescrito en el Art. 163 del Código de Aguas, para un mejor aprovechamiento de las aguas, se solicita el traslado del punto de captación y restitución originales, conforme pasa a indicarse: (b.1) Traslado del Punto de Captación, a un nuevo punto ubicado en el estero Cipresillos, definido por las coordenadas UTM Norte 6.187.156 metros y Este 378.942 metros, Datum WGS 84, Huso 19, Provincia del Cachapoal, Región del Libertador General Bernardo O’Higgins, punto ubicado en la cota 1.680 m.s.n.m. La captación se efectuará gravitacionalmente, por la totalidad de los caudales y con las mismas características de ejercicio señalados para la captación original, o en subsidio, aquellos que la DGA determine y ofrezca conforme a la ley y mi representada acepte. (b.2) Traslado del Punto Restitución, a un nuevo punto ubicado en el río Cortaderal, y definido por las coordenadas UTM Norte 6.188.353 metros y Este 380.366 metros, Datum WGS 84, Huso 19, Provincia del Cachapoal, Región del Libertador General Bernardo O’Higgins, punto ubicado en la cota 1.339 m.s.n.m.. La distancia en línea recta y desnivel entre el nuevo punto de captación en el estero Cipresillos y el nuevo punto de restitución en el río Cortaderal, es de aproximadamente 1.869 metros y 341 metros, respectivamente.
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