ESSBIO S.A. DERECHO A RETIRO Se comunica a los señores accionistas de Essbio S.A. (la “Sociedad”) que en Junta Extraordinaria de Accionistas celebrada con fecha 25 de octubre de 2013 (la “Junta”), se acordó aprobar la fusión por incorporación de la Sociedad en Inversiones OTPPB Chile I S.A., sociedad anónima cerrada, la cual tendrá efecto, el primer día del mes siguiente a aquel en que se otorgue una escritura pública de materialización, dejando constancia del cumplimiento de las condiciones suspensivas establecidas por la Junta para que la fusión antes referida produzca sus efectos, a saber: (a) la inscripción de Inversiones OTPPB Chile I S.A. y de sus acciones en el Registro de Valores de la Superintendencia de Valores y Seguros; (b) la aprobación de la fusión por parte de la Superintendencia de Servicios Sanitarios; y (c) la obtención de la autorización del Servicio de Impuestos Internos para que Inversiones OTPPB Chile I S.A. emita boletas y facturas electrónicas. Con motivo de la fusión, se incorporará a Inversiones OTPPB Chile I S.A., la totalidad del patrimonio y accionistas de la Sociedad, la que quedará disuelta sin necesidad de liquidación. Conforme a lo establecido en el artículo 69 de la Ley Nº 18.046, los accionistas disidentes del acuerdo antes indicado tendrán el derecho a retirarse de la Sociedad, previo pago por aquélla del valor de sus acciones. Se considerará accionista disidente aquel que en la Junta votó en contra del acuerdo que da derecho a retiro o que, no habiendo concurrido a la Junta o habiéndose abstenido de votar en ella, manifieste su disidencia por escrito a la Sociedad dentro del plazo de 30 días contado desde la fecha de celebración de la Junta y que vence el 24 de noviembre de 2013. El derecho a retiro comprende sólo las acciones que el accionista disidente poseía inscritas a su nombre en el Registro de Accionistas al 19 de octubre de 2013, esto es, la fecha que determinó su derecho a participar en la Junta y que permanezcan en esa condición hasta el día del pago. El accionista disidente que desee ejercer el derecho a retiro deberá así manifestarlo mediante comunicación escrita enviada a la Gerencia General de la Sociedad, ubicada en Diagonal Pedro Aguirre Cerda 1129, piso 3, Concepción, dentro del plazo señalado en el párrafo anterior. En dicha comunicación deberá expresar claramente su voluntad de retirarse por estar en desacuerdo con la decisión de la Junta y la modalidad de pago de su preferencia entre las indicadas más adelante. La comunicación podrá enviarse por carta certificada o por presentación escrita entregada por un Notario Público que así lo certifique. No será necesaria la intervención del Notario cuando el Gerente General, o quien haga sus veces, deje constancia escrita de la recepción de la comunicación antes referida. El precio a pagar por la Sociedad al accionista disidente que haga uso del derecho a retiro será de $8,0405005968 por acción, que corresponde al valor libro de la acción de la Sociedad, debidamente reajustado, de acuerdo a lo señalado por el artículo 69 de la Ley N° 18.046 y los artículos 130 y 132 del Reglamento de Sociedades Anónimas. Los accionistas disidentes que ejerzan el mencionado derecho a retiro tendrán a su disposición el valor por sus acciones a partir del día 23 de enero 2014, en las siguientes modalidades de pago:
Los accionistas que tengan en su poder los títulos de sus acciones deberán entregar dichos títulos en las oficinas de DCV Registros S.A., ubicadas en Huérfanos N°770, piso 22, Santiago, de lunes a viernes de 9:00 a 17:00 horas; lo anterior constituye una condición esencial y previa para efectuar el pago correspondiente a esas acciones.
ESSBIO S.A.
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