FONDO DE INVERSION LATAM SMALL – MID CAP BANCHILE ADMINISTRADORA GENERAL DE FONDOS S.A. EMISIÓN DE CUOTAS
a)
|
En sesión de directorio N°180, de Banchile Administradora General de Fondos S.A., celebrada el 22 de marzo de 2010, se acordó emitir la cantidad de 10.000.000 cuotas del fondo, unitarias de igual valor y características, en la suma de USD100.000.000.
|
b)
|
La Superintendencia de Valores y Seguros, con fecha 20 de octubre de 2010, inscribió en el Registro de Valores con el N°289, la emisión de 10.000.000 cuotas, por un monto total de USD100.000.000. El plazo para la emisión, suscripción y pago de estas cuotas es de 6 años contados desde la fecha del acuerdo de la emisión de cuotas del directorio de la Sociedad Administradora.
|
c)
|
De esta emisión, se han suscrito 977.978 cuotas, quedando pendientes por suscribir la cantidad de 9.022.022 cuotas.
|
d)
|
Los fondos que se obtengan con esta emisión de cuotas se destinarán, conforme a la política de inversión establecida en el Reglamento Interno del Fondo, a realizar inversiones en acciones de pequeña y mediana capitalización bursátil de empresas que están registradas en Latinoamérica o que al menos un 60% de sus ingresos provengan de dicha región.
|
e)
|
Esta emisión se ofrece preferentemente a los aportantes del fondo, quienes tendrán el derecho de suscribir 11,4373 cuotas nuevas, por cada cuota que posean inscrita en el Registro de Aportantes al día 12 de agosto de 2013. Estas cuotas serán ofrecidas al precio equivalente al valor que resulte de dividir el valor diario del patrimonio del Fondo al día inmediatamente anterior al de la suscripción, calculado en la forma que establece la Ley 18.815 y su Reglamento, por el número de cuotas pagadas a esa fecha y deberán ser pagadas al contado, en dinero efectivo, vale vista o cheque.
|
f)
|
El aviso de opción preferente para suscribir estas cuotas, con el cual se inicia el período de opción, se publicará en el diario electrónico El Mostrador el día 19 de agosto de 2013.
|
g)
|
Los aportantes con derecho a suscribir las cuotas o los cesionarios de las opciones, deberán manifestar por escrito a la Sociedad Administradora su intención de suscribirlas dentro del plazo de 30 días contados desde la fecha de inicio de la opción, vale decir entre el 19 de agosto y el 17 de septiembre de 2013, entendiéndose que renuncian a este derecho si nada expresaren dentro de dicho plazo.
|
h)
|
El derecho preferente de suscripción es esencialmente renunciable y transferible dentro del plazo de 30 días señalado en la letra e) anterior. La transferencia de las opciones debe hacerse mediante escritura privada firmada por el cedente y el cesionario ante dos testigos mayores de edad o ante escritura privada firmada por el cedente y el cesionario ante dos testigos mayores de edad o ante corredor de bolsa o ante notario público, o por escritura pública suscrita por el cedente y el cesionario. La cesión sólo producirá efecto respecto de la sociedad administradora y de terceros una vez que esta tome conocimiento de la misma, en vista del documento en el que consta la cesión y del respectivo certificado de derecho a la opción, en el caso que este último hubiera sido emitido y retirado de la sociedad. La Sociedad Administradora pondrá a disposición de los aportantes o cesionarios que lo soliciten, certificados en que consten los derechos preferentes de suscripción que posean. Estos serán emitidos en un plazo de 1 día y podrán ser retirados en Agustinas 975, piso 5, entre las 09:00 y 18:00 horas. Cualquier otro antecedente respecto al procedimiento de transferencia del derecho puede ser consultado directamente a la sociedad.
|
i)
|
Estas cuotas no han sido clasificadas.
|
GERENTE GENERAL
|