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FONDO DE INVERSIÓN PÚBLICO INFRAESTRUCTURA GLOBAL PENTA LAS AMÉRICASADMINISTRADORA DE FONDOS DE INVERSIÓN S.A.
EMISIÓN DE CUOTAS
CUARTO PERÍODO DE OPCIÓN PREFERENTE
| a) |
La Superintendencia de Valores y Seguros, con fecha 19 de julio de 2011 inscribió en el Registro de Valores con el Nº 324, la primera emisión de 7.500.000 de cuotas del Fondo de Inversión Público Infraestructura Global, por un monto total de 7.500.000 Unidades de Fomento, acordada en sesión de directorio de su administradora, Penta Las Américas Administradora de Fondos de Inversión S.A., de 16 de diciembre de 2010, que acordó tanto la creación del Fondo de Inversión Público Infraestructura Global como su primera emisión de cuotas antes referida. |
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Conforme a lo acordado respecto a dicha emisión, y según lo aprobado por la Superintendencia de Valores y Seguros en la fecha mencionada, el plazo para la emisión, suscripción y pago de estas cuotas es de 4 años y 6 meses a contar del 16 de diciembre de 2010, fecha en que se acordó su emisión. |
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Pendiente el plazo de colocación u habiéndose suscrito al menos una cuota, cada seis meses deberá hacerse oferta preferente por las cuotas no suscritas, de conformidad al procedimiento que establezca el Reglamento de la Ley N° 18.815. Para estos efectos, se contemplará un período de 30 días de opción preferente de suscripción de cuotas para los aportantes inscritos en el Registro de Aportantes con 5 días hábiles de anticipación a aquél en que se inicie la opción preferente. |
| b) |
Los fondos que se obtengan con esta emisión de cuotas se han destinado y destinarán a cumplir con la política de inversión del Fondo, descrita en el artículo 16 de su reglamento interno, aprobado por la Superintendencia de Valores y Seguros el 1 de julio de 2011 mediante resolución exenta N° 410. |
| c) |
De la emisión señalada en el párrafo anterior, se han suscrito 1.495.812 cuotas y no se han celebrado contratos de promesa de suscripción, quedando pendientes por suscribir o celebrar contratos de promesa de suscripción la cantidad de 6.004.188 cuotas, que se ofrecerán preferentemente a los aportantes del fondo, quienes tendrán el derecho a suscribir 4 cuotas nuevas por cada cuota que posean inscrita en el Registro de Aportantes al 25 de febrero de 2013. Estas cuotas serán ofrecidas al precio equivalente al valor que resulte de dividir el valor diario del patrimonio del Fondo al día inmediatamente anterior al de la suscripción, calculado en la forma que establece la Ley N°18.815 y su Reglamento, por el número de cuotas pagadas a esa fecha y deberán ser pagadas en pesos, moneda corriente de curso legal, tan pronto lo requiera la Administradora, a su sola voluntad, una vez celebrados los contratos de suscripción. Con todo, será también posible celebrar promesas de suscripción de cuotas, a los que le serán aplicables lo señalado precedentemente. |
| d) |
El aviso de opción preferente para suscribir estas cuotas, o celebrar a su respecto las promesas de suscripción de cuotas con el cual se inicia el periodo de opción, se publicará en el diario electrónico el mostrador (www.elmostrador.cl) el día 2 de marzo de 2013. |
| e) |
Los aportantes con derecho a suscribir las cuotas o celebrar a su respecto contratos de promesa de suscripción de cuotas o los cesionarios de las opciones, deberán manifestar por escrito a la sociedad administradora su intención de suscribirlas, dentro del plazo de 30 días contados desde la fecha de inicio de la opción, vale decir entre el 2 de marzo de 2013 y el 1º de abril de 2013, entendiéndose que renuncian a este derecho si nada expresaren dentro de dicho plazo. |
| f) |
El derecho preferente de suscripción es esencialmente renunciable y transferible dentro del plazo de 30 días señalado en la letra e) anterior. La transferencia de las opciones debe hacerse mediante escritura privada firmada por el cedente y el cesionario ante dos testigos mayores de 18 años o ante un intermediario de valores o ante notario público, o por escritura publica suscrita por el cedente y el cesionario. La cesión sólo producirá efecto respecto de la sociedad administradora y de terceros una vez que ésta tome conocimiento de la misma, en vista del documento en el que consta la cesión y del respectivo certificado de derecho a la opción, en el caso que este último hubiera sido emitido y retirado de la sociedad. |
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La sociedad administradora pondrá a disposición de los aportantes o cesionarios que lo soliciten, certificados en que consten los derechos preferentes de suscripción que posean. Estos serán emitidos a contar del día 2 de marzo de 2013 y podrán ser retirados en Av. El Bosque Norte 0440, oficina 602, las Condes entre las 10:00 hrs. y las 14:00 horas. Cualquier otro antecedente respecto al procedimiento de transferencia del derecho puede ser consultado directamente a la sociedad. |
| g) |
Estas cuotas han sido clasificadas en 1º clase Nivel 4 (cl) y 1º clase Nivel 4 (N), por las clasificadoras de riesgo Fitch Ratings y Feller Rate. |
EL GERENTE GENERAL
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