|

FONDO DE INVERSIÓN LARRAÍN VIAL DEUDA CON SUBSIDIO
HABITACIONAL
EMISIÓN DE CUOTAS
| a) |
En Sesión de Directorio de Larraín Vial Activos S.A. Administradora General de Fondos celebrada con fecha 29 de enero de 2010, se acordó emitir 10.000.000 cuotas nominativas, unitarias y de igual valor y características de Fondo de Inversión Larraín Vial Deuda con Subsidio Habitacional. |
| b) |
La Superintendencia de Valores y Seguros, con fecha 27 de mayo de 2010, inscribió en el Registro de Valores con el Nº 269 la emisión de 10.000.000 de cuotas nominativas, unitarias y de igual valor y características, por un monto equivalente a 10.000.000 de unidades de fomento. El plazo para la colocación de estas cuotas es de 6 años contados desde el día 29 de enero de 2010. El plazo de colocación señalado se encuentra pendiente, y a la fecha se han suscrito cuotas del Fondo por lo que, cada 6 meses, deberá hacerse oferta preferente por las cuotas no suscritas, de conformidad al procedimiento que establece el Reglamento de la Ley Nº 18.815. En consideración a lo anterior, es necesario abrir un período de opción preferente para la suscripción de las cuotas antes mencionadas. |
| c) |
Los fondos que se obtengan con esta emisión de cuotas se destinarán a ser invertidos conforme a la Política de Inversión de los Recursos del Fondo señalada en su Reglamento Interno, cuyo texto fue aprobado por Resolución Exenta Nº 321 de la Superintendencia de Valores y Seguros, de fecha 27 de mayo de 2010, posteriormente modificado por Resoluciones Exentas de la misma Superintendencia N° 413 de 4 de julio de 2011, Nº 425 de 15 de julio de 2011 y N° 230 de 6 de junio de 2012. |
| d) |
De esta emisión se ofrece preferentemente a los aportantes del Fondo, el saldo no suscrito de cuotas que a la fecha asciende a 9.071.776 cuotas. Los señores aportantes tendrán el derecho de suscribir 9,773261626503950 cuotas nuevas por cada cuota que posean inscrita en el Registro de Aportantes al día 22 de Febrero de 2013. Esto último sin perjuicio de que los factores de cálculo varíen en caso de que nuevas cuotas sean suscritas entre la fecha de publicación del presente aviso y el 22 de Febrero de 2013. Estas cuotas serán ofrecidas al valor que resulte de dividir el valor diario del patrimonio del Fondo al día inmediatamente anterior al de la suscripción, calculado en la forma que establece la Ley Nº 18.815 y su Reglamento, por el número de cuotas pagadas a esa fecha, y deberán ser pagadas en dinero efectivo, vale vista o cheque. |
| |
En todo caso, fuera del o de los períodos de opción preferente, el precio de colocación no podrá ser inferior al determinado para el período de opción preferente respectivo ni al que resulte de dividir el valor del patrimonio del Fondo al día inmediatamente anterior al de la suscripción, por el número de cuotas pagadas a esa fecha. Estas prohibiciones no se tendrán en cuenta para las colocaciones efectuadas en bolsas de valores. |
| e) |
El aviso de opción preferente para suscribir estas cuotas con el cual se inicia el período de opción se publicará en el Diario El Mostrador el día 28 de Febrero de 2013. |
| f) |
Los aportantes con derecho a suscribir las cuotas o los cesionarios de las opciones, deberán manifestar por escrito a la sociedad administradora su intención de suscribirlas, dentro del plazo de 30 días contado desde el inicio de la opción, es decir, entre el 28 de febrero de 2013 y el 29 de marzo de 2013, entendiéndose que renuncian a este derecho si nada expresan dentro de dicho plazo. |
| g) |
El derecho preferente de suscripción es esencialmente renunciable y transferible dentro del plazo de 30 días señalado en la letra f) anterior. La transferencia de las opciones debe hacerse mediante escritura privada firmada por el cedente y el cesionario ante dos testigos mayores de edad o ante corredor de bolsa o ante Notario Público, o por escritura pública suscrita por el cedente y el cesionario. La cesión sólo producirá efecto respecto de la sociedad administradora y de terceros una vez que ésta tome conocimiento de la misma, en vista del documento en el que consta la cesión y del respectivo certificado de derecho a la opción, en el caso que este último hubiera sido emitido y retirado de la sociedad administradora. |
| |
La sociedad administradora pondrá a disposición de los aportantes o cesionarios que lo soliciten, certificados en que consten los derechos preferentes de suscripción que posean. Estos serán emitidos por un plazo de 30 días contados desde el inicio de la opción preferente, es decir, entre el 28 de febrero de 2013 y el 29 de marzo de 2013 y podrán ser retirados de lunes a viernes, en Av. San Sebastián 2939 piso 2, comuna de Las Condes, Santiago, entre las 9:00 y las 18:00 horas. Cualquier otro antecedente respecto al procedimiento de transferencia del derecho puede ser consultado directamente a la sociedad. |
| h) |
Estas cuotas han sido clasificadas en 1ª Clase Nivel 2 por la clasificadora de riesgo ICR clasificadora de riesgo |
IGNACIO MONTANÉ YUNGE GERENTE GENERAL
|