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INMOBILIARIA CLUB DE GOLF COSTA CACHAGUA S.A.
Sociedad Anónima Cerrada
AVISO SOBRE OPCION PREFERENTE DE SUSCRIPCION DE ACCIONES
EMISION DE ACCIONES DE PAGO
| a) |
En junta extraordinaria de accionistas de la sociedad, celebrada el 28 de enero de 2013, se acordó aumentar el capital de la sociedad en la suma de $3.516.836.330, mediante la emisión de 700 acciones de pago Serie A, ordinarias, nominativas y sin valor nominal. El cumplimiento de las formalidades legales de esta reforma de estatutos se encuentra actualmente en trámite. |
| b) |
Esta emisión se ofrece preferentemente a los accionistas de la sociedad, quienes tendrán el derecho de suscribir 0,7 acciones nuevas de la Serie A por cada acción que posean inscrita en el Registro de Accionistas al día 23 de enero de 2013. Las acciones de la Serie A serán ofrecidas al precio de $5.024.051,9 por acción. Todas ellas deberán ser pagadas de contado y en dinero efectivo, dentro del plazo de 90 días contados desde la fecha de la Junta antes mencionada. |
| c) |
Tienen derecho de opción preferente para suscribir dicha acciones, aquellos accionistas que se encuentren inscritos en el Registro de Accionistas de la sociedad a la medianoche del quinto día hábil anterior a la fecha de inicio del período de suscripción preferente, esto es, a la medianoche del 23 de enero de 2013. |
| d) |
Los accionistas con derecho a suscribir las acciones o los cesionarios de las opciones, deberán manifestar por escrito a la sociedad emisora su intención de suscribirlas, dentro del plazo de 30 días contados desde la fecha de inicio de la opción, vale decir, entre el 29 de enero y el 27 de febrero de 2013, entendiéndose que renuncian a este derecho si nada expresaren dentro de dicho plazo. |
| e) |
El derecho preferente de suscripción es esencialmente renunciable y transferible dentro del plazo de 30 días señalado en la letra d) anterior. La transferencia de las opciones debe hacerse mediante instrumento privado firmado por el cedente y el cesionario ante notario público, o bien cada uno ante 2 testigos mayores de edad o ante corredor de bolsa, debidamente individualizados por su cédula nacional de identidad o rol único tributario, los que podrán ser los mismos si cedente y cesionario suscriben el instrumento en un mismo acto. También podrá hacerse por escritura pública suscrita por el cedente y el cesionario. La cesión sólo producirá efecto respecto de la sociedad y de terceros, una vez que ésta tome conocimiento de aquélla, en vista del documento en el que consta la cesión y del respectivo certificado de derecho a la opción, en el caso que este último hubiera sido emitido y retirado de la sociedad. |
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La sociedad pondrá a disposición de los accionistas o cesionarios que lo soliciten, certificados en que consten los derechos preferentes de suscripción que posean. Cualquier otro antecedente respecto al procedimiento de transferencia del derecho puede ser consultado directamente a la sociedad. |
| f) |
Las acciones que no fueren suscritas por los accionistas o sus cesionarios con derecho a ellas, y las acciones que tengan su origen en fracciones producidas en el prorrateo entre los accionistas podrán ser ofrecidas a terceros, de conformidad a la normativa aplicable. |
Santiago, 29 de enero de 2013
EL DIRECTORIO
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