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EXTRACTO
INVERSIONES Y ASESORIAS MATICO SpA, al Señor Director General de Aguas solicita un derecho de aprovechamiento no consuntivo de aguas superficiales y corrientes, de ejercicio permanente y continuo, en subsidio, eventuales, del Río Rapel, por un caudal de 500 m3/s. Captación: Las aguas se captarán gravitacionalmente en el Río Rapel, en un punto definido por las siguientes coordenadas UTM: Norte 6.231.450 m y Este 261.300 m, según carta del Instituto Geográfico Militar denominada “Central Rapel”, Datum Provisional Sudamericano de 1956, escala 1:50.000, Huso 19. Restitución: Las aguas se restituirán en el Río Rapel, en un punto definido por las siguientes coordenadas UTM: Norte 6.238.250 m y Este 250.650 m, según carta del Instituto Geográfico Militar denominada “Rapel”, Datum Provisional Sudamericano de 1956, escala 1:50.000, Huso 19. La distancia entre el punto de captación y el de restitución, en línea recta, es de aproximadamente 12.636 metros, y el desnivel es de aproximadamente 32 metros. Tanto el punto de captación como el de restitución, se ubican en la Provincia de Cardenal Caro, Región del Libertador Bernardo O´Higgins. |