| a) |
En sesión extraordinaria de directorio de la sociedad administradora celebrada el 1 de Septiembre de 2010, se acordó la primera emisión de cuotas del fondo en la suma de 800.000.000 de dólares de los Estados Unidos de Norteamérica, mediante la emisión de 800.000.000 de cuotas, nominativas, unitarias, de igual valor y características. |
| b) |
La Superintendencia de Valores y Seguros, con fecha 12 de Noviembre de 2010, inscribió en el Registro de Valores con el N° 297, la emisión de 800.000.000 de cuotas, por un monto total de 800.000.000 de dólares de los Estados Unidos de Norteamérica. El plazo para la colocación de las cuotas y para que los aportantes hayan suscrito los contratos de promesa de suscripción de cuotas y/o directamente los contratos de suscripción de cuotas y para que se haya pagado la totalidad de las cuotas que se acuerdan emitir será de 1 año contado desde la fecha en que se inscriba la emisión de cuotas del Fondo en el Registro de Valores de la Superintendencia de Valores y Seguros, conforme a la Ley 18.815 y la Circular Nº 1947 de fecha 2 de Octubre de 2009. |
| c) |
Los fondos que se obtengan con esta emisión de cuotas se destinarán a ser invertidos conforme a la política de inversión de los recursos del fondo señalada en su reglamento interno. |
| d) |
De esta emisión se ofrece preferentemente a los Aportantes del fondo, el saldo no suscrito de cuotas al día 9 de Septiembre de 2012. Tendrán el derecho a suscribir cuotas aquellos aportantes inscritos en el Registro de Aportantes al día 4 de Septiembre de 2012. |
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Estas cuotas serán ofrecidas al valor que resulte de dividir el valor del patrimonio del Fondo al día inmediatamente anterior al de la suscripción, por el número de cuotas pagadas a esa fecha, y deberán ser pagadas en dólares de los Estados Unidos de América, de contado y en dinero. Los contratos de promesa de suscripción de Cuotas dispondrán esta misma forma de pago para el contrato prometido. |
| e) |
El aviso de opción preferente para suscribir estas cuotas, con el cual se inicia el período de opción, se publicará en el diario El Mostrador el día 9 de Septiembre de 2012. |
| f) |
Los aportantes con derecho a suscribir las cuotas o los cesionarios de las opciones, deberán manifestar por escrito a la sociedad administradora su intención de suscribirlas, dentro del plazo de 30 días contados desde la fecha de inicio de la opción, vale decir entre el 9 de Septiembre de 2012 y el 9 de Octubre de 2012, entendiéndose que renuncian a este derecho si nada expresaren dentro de dicho plazo. |
| g) |
El derecho preferente de suscripción es esencialmente renunciable y transferible dentro del plazo de 30 días señalado en la letra e) anterior. La transferencia de las opciones debe hacerse mediante escritura privada firmada por el cedente y el cesionario ante dos testigos mayores de edad o ante corredor de bolsa o ante notario público, o por escritura pública suscrita por el cedente y el cesionario. La cesión sólo producirá efecto respecto de la sociedad administradora y de terceros una vez que ésta tome conocimiento de la misma, en vista del documento en el que consta la cesión y del respectivo certificado de derecho de la opción, en el caso que este último hubiera sido emitido y retirado de la sociedad. |
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La sociedad administradora pondrá a disposición de los aportantes o cesionarios que lo soliciten, certificados en que consten los derechos preferentes de suscripción que posean. Estos serán emitidos por un plazo de 30 días contados desde el inicio de la opción preferente y podrán ser retirados en Avda. Rosario Norte Nº555, piso 14, Las Condes, Santiago, entre las 9:00 y las 18:00 horas. Cualquier otro antecedente respecto al procedimiento de transferencia del derecho puede ser consultado directamente a la sociedad. |
| h) |
Las cuotas de este Fondo aún no cuentan con clasificación de riesgo. |