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FONDO DE INVERSIÓN LARRAIN VIAL - BEAGLE LARRAÍN VIAL ADMINISTRADORA GENERAL DE FONDOS S.A. EMISIÓN DE CUOTAS
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a)
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En asamblea de aportantes celebrada el 23 de Febrero de 2011, se acordó aumentar el capital del fondo, mediante la emisión de 650.000 cuotas, nominativas, unitarias de igual valor y características.
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b)
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La Superintendencia de Valores y Seguros, con fecha 20 de Mayo de 2011, inscribió en el Registro de Valores con el N° 317, la emisión de 650.000 cuotas, por la suma equivalente en pesos de 650.000 cuotas, según el valor de la cuota al día de la suscripción. El plazo para la emisión, suscripción y pago de estas cuotas es de 6 años a contar del 23 de Febrero de 2011.
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c)
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Los fondos provenientes que se obtengan con esta emisión de cuotas se destinarán a dar cumplimiento a la política de inversión de los recursos del Fondo establecida en su Reglamento Interno.
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d)
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Esta emisión se ofrece preferentemente a los aportantes del fondo, quienes tendrán el derecho de suscribir 0,152816311 cuotas nuevas por cada cuota que posean inscrita en el Registro de Aportantes al día 28 de Noviembre de 2011.
Estas cuotas serán ofrecidas al valor que resulte de dividir el valor diario del patrimonio del Fondo al día inmediatamente anterior al de la suscripción, calculado en la forma que establece la Ley N° 18.815 y su Reglamento, por el número de cuotas pagadas a esa fecha, y deberán ser pagadas al contado, en dinero efectivo, vale vista bancario o cheque. |
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e)
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El aviso de opción preferente para suscribir estas cuotas, con el cual se inicia el período de opción, se publicará en el diario electrónico El Mostrador el día 3 de Diciembre de 2011.
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f)
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Los aportantes con derecho a suscribir las cuotas o los cesionarios de las opciones, deberán manifestar por escrito a la sociedad administradora su intención de suscribirlas, dentro del plazo de 30 días contados desde la fecha de inicio de la opción, vale decir entre el 3 de Diciembre de 2011 y el 1 de Enero de 2012, entendiéndose que renuncian a este derecho si nada expresaren dentro de dicho plazo.
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g)
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El derecho preferente de suscripción es esencialmente renunciable y transferible dentro del plazo de 30 días señalado en la letra f) anterior. La transferencia de las opciones debe hacerse mediante escritura privada firmada por el cedente y el cesionario ante dos testigos mayores de edad o ante corredor de bolsa o ante notario público, o por escritura pública suscrita por el cedente y el cesionario. La cesión sólo producirá efecto respecto de la sociedad administradora y de terceros una vez que ésta tome conocimiento de la misma, en vista del documento en el que consta la cesión y del respectivo certificado de derecho de la opción, en el caso que este último hubiera sido emitido y retirado de la sociedad. |
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h)
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Estas cuotas han sido clasificadas en Primera Clase Nivel 2 por la clasificadora de riesgo Feller Rate Clasificadora de Riesgo Limitada.
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EL GERENTE GENERAL
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