EXTRACTO ROBERT JAMES GILLMORE LANDON, al Señor Director General solicita le otorgue un derecho de aprovechamiento no consuntivo de aguas superficiales y corrientes del Río Tigre, de ejercicio permanente y continuo, en subsidio, eventuales, por un caudal de 14 m3/s. Las aguas se captarán en forma gravitacional, desde el Río Tigre, en un punto ubicado en las siguientes coordenadas UTM, según carta “Lago Espolón”, del Instituto Geográfico Militar, Datum Provisorio Sudamericano de 1956, escala 1:50.000, Huso 18: Norte: 5.216.660 m Este: 738.725 m. Las aguas se restituirán en el Río Tigre, en un punto ubicado en las siguientes coordenadas UTM, según carta “Lago Espolón”, del Instituto Geográfico Militar, Datum Provisorio Sudamericano de 1956, escala 1:50.000, Huso 18: Norte: 5.216.390 m Este: 742.265 m. La distancia, en línea recta, entre el punto de captación y el de restitución es de 3.550 metros aproximadamente, y el desnivel es de 63 metros aproximadamente. Tanto el punto de captación, como el de restitución de las aguas cuyo derecho de aprovechamiento se solicita, se ubican en la Provincia de Palena, Región de Los Lagos.
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