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A LOS PARTÍCIPES DE LOS FONDOS MUTUOS BCI GESTIÓN GLOBAL DINÁMICA 20, BCI GESTIÓN GLOBAL DINÁMICA 50, BCI GESTIÓN GLOBAL DINÁMICA 80
Mediante Resolución Exenta Nº574 de 11 de septiembre de 2009, rectificada por la N°646 de 19 de octubre de 2009, la Superintendencia de Valores y Seguros, aprobó modificaciones incorporadas al texto de los Reglamentos Internos y Contratos de Suscripción de Cuotas, de los fondos mutuos denominados “Fondo Mutuo Bci Gestión Global Dinámica 20”, “Fondo Mutuo Bci Gestión Global Dinámica 50” y “Fondo Mutuo Bci Gestión Global Dinámica 80”, administrados por Bci Asset Management Administradora General de Fondos S.A., las cuales entre otras, dicen relación con lo siguiente: Se modifica el objetivo de la política de inversiones del fondo, ampliando el tipo de instituciones en las cuales se mantendrá invertida mayoritariamente la cartera de inversiones, haciéndolo consistente con la diversificación de las inversiones respecto del activo del fondo. De igual forma, se incorpora una nueva serie de cuotas denominada APVC, la que tendrá por objeto exclusivo la constitución de Planes de Ahorro Previsional Voluntario Colectivo, establecidos en la Norma de Carácter General Nº 227 del 2008, o aquella que la modifique o reemplace. Las modificaciones a la política de inversiones comenzarán a regir luego de 15 días contados desde la fecha de esta publicación, conforme lo señalado en el artículo 8° del D.S. Nº 249 de 1982 y en la Circular N°1.740 de 2005, emitida por la Superintendencia de Valores y Seguros. Finalmente, se hace presente que durante el período transcurrido entre la presente publicación y la entrada en vigencia de las modificaciones a la citada política de inversiones, los partícipes del fondo mutuo tendrán derecho a rescatar las cuotas que hubieren suscrito antes de la fecha de esta publicación, sin que les sea aplicable deducción alguna por concepto de comisión de colocación diferida al momento del rescate, si la hubiere.
Gerente General
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