EXTRACTO DE NOTIFICACION
2do JUZGADO DE FAMILIA DE SANTIAGO. GENERAL MACKENNA 1477, CUARTO, PISO SANTIAGO CENTRO; En causa C- -2486-2017, RUC.: 17- 2-0159835-4, sobre DIVORCIO POR CESE DE CONVIVENCIA caratulada “RIVERA/RACHET”, se ordenó notificar por aviso extractado la demanda y sus proveídos a don JORGE ALBERTO RACHET VALIENTE RUT.: 8.111.481-1 domicilio desconocido. Demanda: JUANA EVANGELINA RIVERA ORTIZ, RUT: 7.803.938-8, BLANCO 1041, OF 72, VALPARAISO; solicitando se DECRETE EL DIVORCIO UNILATERAL POR CESE DE CONVIVENCIA. Se tiene por admitida a tramitación demanda de divorcio unilateral. Traslado. Se hace presente a las partes el derecho que tienen para demandar de compensación económica de acuerdo a lo establecido en el artículo 67 inciso 1° de la Ley de Matrimonio Civil, modificada por la Ley N° 20.286, Se hace presente a las partes el derecho que tienen para demandar de compensación económica de acuerdo a lo establecido en el artículo 64 de la Ley de Matrimonio Civil. Contéstese la demanda dentro del plazo legal conferido por el artículo 58 de Ley N° 19.968. Debiendo cumplir con lo prescrito en el artículo 57 y 106 de la Ley 19.968, bajo apercibimiento de no dar curso a la demanda reconvencional interpuesta. En el evento que el demandado no cuente con los recursos económicos que le permitan contar con asesoría jurídica deberá concurrir a la Corporación de Asistencia Judicial y/o Clínicas Jurídicas de la Universidades acreditadas. Atendido lo dispuesto en el artículo 86 de la Ley de Matrimonio Civil, adóptense los resguardos necesarios para la debida reserva. Atendido que pese a las diligencias decretadas en la causa, en orden a ubicar domicilio de la parte demandada, han resultado infructuosos y de conformidad a lo previsto en el inciso cuarto del artículo 23 y artículo 27 de la Ley 19.968 en relación con el artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, se ordena la notificación por avisos de la demandada. A fin de dar curso progresivo a los antecedentes de conformidad a lo previsto en el artículo 13 de la Ley 19.968, comparezcan las partes debidamente representadas a la audiencia preparatoria que se realizará el día 29 de Noviembre de 2017 a las 09:30 horas. La audiencia se celebrará con las partes que asistan, afectándole a la que no concurra, todas las resoluciones que se dicten en ella sin necesidad de ulterior notificación. Santiago, dos de octubre de dos mil diecisiete.- LEDDA CHOVAR RIQUELME MINISTRO DE FE
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